Esa es la realidad en España en cuanto a su administración tributaria mismamente. ¿Sabéis que si tenéis una deuda con Hacienda, por ejemplo, sigues siendo presunto culpable de no haberla pagado hasta que el banco no decide enviar la pertinente comunicación? Pues sí, los pagos no se comunican inmediatamente ni en un breve período de tiempo sino que deben esperar a ser remesados por las entidades bancarias y entonces, y sólo entonces, se te quita el sanbenito de encima.
No sólo eso, simplemente es posible que tengas aplazada una deuda que vence el día 20 pues, asombráos, a partir de ese día y hasta que no llegue la dichosa remesa de el banco estás en posición de duda y, por tanto, no podrán certificar que estás al corriente salvo que, papelito en mano junto a fotocopia costeada por tu propio bolsillo, te acerques a la delegación de Hacienda y se ...