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	<title>Inversores &#187; sociedades</title>
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		<title>Impuesto Sociedades al 20%</title>
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		<pubDate>Tue, 02 Feb 2010 11:54:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Con el fin de impulsar el empleo en el entorno de las pymes, se ha añadido en el Texto Refundido del Impuesto de Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, la posibilidad de aplicar un tipo de gravamen reducido , del 25 al 20%, en este impuesto. Se trata de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/02/aeat.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-5214];player=img;" title="aeat"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/02/aeat.jpeg" alt="" title="aeat" width="104" height="90" class="aligncenter size-full wp-image-5215" /></a></p>
<p>Con el fin de impulsar el empleo en el entorno de las pymes, se ha añadido en el Texto Refundido del Impuesto de Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, la posibilidad de aplicar un <strong>tipo de gravamen reducido </strong>, del 25 al 20%, en este impuesto.</p>
<p>Se trata de la “Disposición adicional duodécima. Tipo de gravamen reducido en el Impuesto de Sociedades por mantenimiento o creación de empleo.”</p>
<p>Dicha disposición tendrá efecto para <strong>las sociedades cuyo período impositivo se haya iniciado a partir del 1 de Enero del 2009</strong>,&#8221;lo podremos aplicar en la liquidación del impuesto del 2009&#8243;, y con vigencia indefinida, sometida a las siguientes <strong>condiciones</strong>:</p>
<p>- Los períodos impositivos deben haber sido iniciados dentro de los años 2009, 2010 y 2011.<br />
- El importe neto de la cifra de negocios debe ser inferior a 5 millones de euros en los mencionados períodos.<br />
- La plantilla media debe ser inferior a 25 empleados en dichos periodos pero superior a 1.</p>
<p>Todas las entidades que cumplan dichas condiciones, exceptuando las entidades citadas en el Art. 28 de la L.I.S. que tributen a un tipo diferente del general, podrán acceder a un tipo de gravamen reducido, y la forma de aplicación será la siguiente:</p>
<p><strong>La parte de la base imponible entre 0 y 120.202,41 euros, tributará al tipo del 20 %.</p>
<p>Por la parte de base imponible restante, tributará al tipo del 25 %.</strong></p>
<p>Cuando el período impositivo tenga una duración inferior al año, se aplicará el prorrateo correspondiente en proporción a los días del periodo impositivo, tal y como se detalla en el Artículo 114 de la L.I.S. </p>
<p>Para poder aplicar dicha escala de tributación, la Administración establece los siguientes <strong>requisitos</strong>:</p>
<p>- Durante los doces meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no puede ser inferior a la unidad.</p>
<p>- Tampoco puede ser inferior la plantilla media del ejercicio a la media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir del 1 de Enero del 2009.</p>
<p>Los requisitos para la aplicación de la escala de tributación se computarán de forma independiente en cada uno de esos períodos impositivos.</p>
<p>Cuando la entidad se haya constituido dentro de ese plazo anterior de doce meses, se tomará la plantilla media que resulte de ese período.</p>
<p>Teniendo en cuenta que por plantilla se entiende a los asalariados que trabajan para un empleador público o privado, por tanto, <strong>si el único trabajador es el empresario éste no puede incluirse como parte de la plantilla de trabajo</strong>.</p>
<p>Esperamos que os sea de utilidad cara a la <strong>próxima liquidación del I.S</strong>.</p>
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		<title>En el último momento, como todo</title>
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		<pubDate>Fri, 03 Jul 2009 17:25:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Si tienes el corazón débil o con alguna patología mejor no ser español. La afición patria a hacer casi todo en el último momento puede pasar factura. Pero, aún así, el país funciona para asombro de propios y extraños. El pasado día 1 de julio empezó la campaña de declaración del Impuesto de Sociedades y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2009/07/2520227982_700a72c1c51.jpg" alt="2520227982_700a72c1c51" title="2520227982_700a72c1c51" width="227" height="284" class="aligncenter size-full wp-image-4032" /></p>
<p>Si tienes el corazón débil o con alguna patología mejor no ser español. La afición patria a hacer casi todo en el último momento puede pasar factura. Pero, aún así, el país funciona para asombro de propios y extraños. <strong>El pasado día 1 de julio empezó la campaña de declaración del Impuesto de Sociedades y para evitar que alguien se lanzara desesperadamente a hacer su declaración de impuestos antes de tiempo</strong>, nuestras autoridades y la empresa subcontratada decidieron que era mejor que el programa de ayuda estuviera disponible el 30 de junio.</p>
<p>Poco importa que apenas haya 25 días para rellenar correctamente un modelo nuevo tras un <strong>cambio de Plan General contable</strong>, veintiuno si se va a proceder a domiciliar el pago. Poco importa que haya nuevos estados financieros que reflejar o que se hayan cambiado de orden algunas informaciones a proporcionar. Por no hablar de que se pide mucho mayor volumen de información.</p>
<p>Y, sin embargo, la <strong>Agencia Tributaria </strong>no está sola. También los <strong>registros mercantiles </strong>han sido reacios a poner a disposición de todos los manuales con los que manejar la presentación telemática de Cuentas Anuales. Somos así y lo seguiremos siendo porque la adrenalina que se genera es una droga muy adictiva.</p>
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		<title>Apurando los plazos, por supuesto</title>
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		<pubDate>Thu, 04 Jun 2009 10:56:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[A los futboleros les encanta esa última jornada de Liga con los equipos jugándose el todo por el todo a la misma hora, con las aficiones al borde del infarto mientras bailan los resultados favoreciendo a unos u otros como si todo dependiera del capricho de los dioses. Reconozco que no hay mejor manera de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2009/06/absentismo.jpg" alt="absentismo" title="absentismo" width="126" height="76" class="alignleft size-full wp-image-3882" />A los futboleros les encanta esa <strong>última jornada de Liga </strong>con los equipos jugándose el todo por el todo a la misma hora, con las aficiones al borde del infarto mientras bailan los resultados favoreciendo a unos u otros como si todo dependiera del capricho de los dioses. Reconozco que no hay mejor manera de despertar el interés por un acontecimiento y también decía <strong>Hitchcock</strong> que las películas deben empezar cun un climax y seguir hacia arriba, más o menos. Pero no siempre deben ser así las cosas.</p>
<p>En asuntos <strong>fiscales</strong> la cosa debería ser más seria y no hacerse todo a última hora porque todo puede salir de cualquier manera. No contentos con <strong>aprobar el último Plan Contable quince minutos antes del día en que entraba en vigor</strong>, han necesitado <strong>diecisiete meses para aprobar el modelo de Impuesto de Sociedades</strong> en el que reflejar el susodicho <strong>Plan Contable </strong>fiscalmente hablando, apenas un mes antes del inicio del plazo de presentación y sin que a día de hoy esté disponible el <strong>programa de ayuda</strong>.</p>
<p>No parece buena forma de hacer las cosas ni contribuye a la <strong>seguridad económica ni jurídica</strong>. Habrá quien piense que tampoco es para tanto, que ya deberíamos tenerlo todo preparado y que en poco tiempo se puede completar el impreso sin problemas. Eso sería cierto si sólo hubiera que hacer eso y no coincidiera también con el resto de <strong>declaraciones fiscales más el depósito de cuentas en pleno verano</strong>. Y aún así les digo a los incrédulos que todo saldrá adelante.</p>
<p>A pesar de todo, a pesar de todos.</p>
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