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	<title>Inversores &#187; modulos</title>
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	<description>Inversores es el blog de economía, PYMES e inversiones de la red de blogs comerciales Medios y Redes.</description>
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		<title>Autónomos y dudas: el miedo a la inspección</title>
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		<pubDate>Mon, 17 May 2010 15:57:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nos pregunta Marta: Quisiera saber qué conviene más a un autonomo con empresa de reformas y 3 empleados, módulos o contabilidad? Y con cual de las dos tiene más posibilidades de ser investigado por hacienda. Gracias Marta, no sabría decirte qué conviene más sin saber en qué epígrafe de IAE está o estará inscrita la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/dudas4.jpg" rel="shadowbox[sbpost-5696];player=img;" title="dudas"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/dudas4-225x300.jpg" alt="" title="dudas" width="225" height="300" class="aligncenter size-medium wp-image-5697" /></a></p>
<p>Nos pregunta Marta:</p>
<blockquote><p>Quisiera saber qué conviene más a un autonomo con empresa de reformas y 3 empleados, módulos o contabilidad? Y con cual de las dos tiene más posibilidades de ser investigado por hacienda.<br />
Gracias</p></blockquote>
<p>Marta, no sabría decirte qué conviene más sin saber en qué <strong>epígrafe de IAE </strong>está o estará inscrita la empresa pero así, a bote pronto y sin seguridad total, teniendo tres empleados quizá los módulos sean algo &#8220;caros&#8221;. Pero, repito, es imposible saberlo con seguridad sin toda la información.</p>
<p>Respecto a la segunda parte de la pregunta de Marta debemos decir que es muy típico pensar que los módulos &#8220;protegen&#8221; al empresario de inspecciones o controles tributarios. No es rigurosamente cierto ni comprobable. De hecho <strong>los controles de módulos son mucho más habituales que las inspecciones o exámenes a otras figuras tributarias</strong>. Tampoco es bueno iniciar o gestionar un negocio pensando en eludir las inspecciones.</p>
<p>En todo caso nunca hay que temer a una inspección si se hacen las cosas bien y lo más ajustadas posible a la normativa tributaria. Cosa que recomiendo.</p>
<p>Gracias a Marta por su pregunta y esperamos que nuestra respuesta te sirva de utilidad.</p>
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		<title>Autonomos, IRPF e IVA: comisionista electrónico</title>
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		<pubDate>Tue, 04 May 2010 09:36:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nos manda una consulta Alberto respecto a una próxima alta como autónomo realizando actividades de intermediación a comisión a través de comercio on-line. Ya que el texto enviado es largo esperamos que lo anterior sirva como resumen aunque extraeremos una parte del mismo que centra las principales dudas: Ahora bien, la duda que me surge [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/dudas.jpg" rel="shadowbox[sbpost-5651];player=img;" title="dudas"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/dudas-225x300.jpg" alt="" title="dudas" width="225" height="300" class="aligncenter size-medium wp-image-5652" /></a></p>
<p>Nos manda una consulta Alberto respecto a una próxima alta como autónomo realizando actividades de intermediación a comisión a través de comercio on-line. Ya que el texto enviado es largo esperamos que lo anterior sirva como resumen aunque extraeremos una parte del mismo que centra las principales dudas:</p>
<blockquote><p>Ahora bien, la duda que me surge es si tan sólo tengo que declarar mis beneficios en la declaración de la renta? o además tengo que deducir el IVA de mi comisión? Supuestamente las empresas que me distribuyen se encargan del pago del IVA y yo me quedo mi comisión, pero no dispongo de ningún documento que certifique que estas empresas se encuentran al corriente de los pagos correspondiente de IVA, sobretodo porque estas empresas son (en su gran mayoría) de origen oriental (China, Japón, etc), asímismo tampoco dispongo de facturas de las compras realizadas a dichas empresas. Todo este proceso se realiza por pago directo mediante tarjeta de crédito, así que el único documento que tengo es el&#8230;(aquí se corta el mensaje en este párrafo)</p></blockquote>
<p>Plantea Alberto un problema complejo y es el del <strong>comercio eléctrónico </strong>cuya regulación, cambiante por otra parte, no discurre por idénticos caminos a los del comercio tradicional. Debe tener en cuenta que en todo caso está sujeto a <strong>IVA</strong> que paga el consumidor final, dado que la comisión proviene de la intermediación y no de la prestación del servicio a las empresas distribuidoras (en cuyo caso ellas le harían el pago directo a él). </p>
<p>Por la información que nos da, la <strong>comisión</strong> (IVA incluido) vendría dada por la diferencia entre el precio pagado por el cliente menos el coste de la mercancia en el país, es decir, una vez pasa por aduanas y se le aplica el <strong>IVA</strong>. No es un asunto fácil de responder a través de este medio ya que intervienen varias leyes tanto tributarias puras como la ley de servicios de la sociedad de la información.</p>
<p>Como además estará en <strong>estimación directa </strong>deberá realizar pagos trimestrales a cuenta del <strong>IRPF</strong> del 20% sobre el rendimiento neto (beneficio) que después reflejará en la declaración de la renta del ejercicio junto al resto de conceptos tributarios.</p>
<p>Hace bien Alberto en preocuparse por tenerlo todo al día y bien documentado por lo que sería mejor que acudiera a un profesional experto que le iniciara en los trámites y cálculos. Sería la mejor inversión en su negocio.</p>
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		<title>Dudas de autónomos, importe módulos</title>
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		<pubDate>Mon, 03 May 2010 12:12:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nos pregunta Josep a través de los comentarios del post inicial: Desearía empezar una actividad de enseñanza de idiomas desde mi casa, creo que es el epigrafe 933.9.Quisiera saber lo que tengo que pagar de modulos En primer lugar deberíamos decirle a Josep que con los escasos datos que nos da es imposible saber cuánto [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/aeat.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-5639];player=img;" title="aeat"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/05/aeat.jpeg" alt="" title="aeat" width="104" height="90" class="aligncenter size-full wp-image-5640" /></a></p>
<p>Nos pregunta <a href="http://inversores.es/consejos-para-autonomos-el-iva-y-los-modulos/comment-page-1/#comment-2786">Josep</a> a través de los comentarios del post inicial:</p>
<blockquote><p>Desearía empezar una actividad de enseñanza de idiomas desde mi casa, creo que es el epigrafe 933.9.Quisiera saber lo que tengo que pagar de modulos</p></blockquote>
<p>En primer lugar deberíamos decirle a Josep que con los escasos datos que nos da es imposible saber cuánto va a pagar de módulos ya que este sistema, llamado oficialmente como bien sabéis de estimación objetiva, se basa en la aplicación de cantidades asignadas por la administración sobre unas magnitudes determinadas.</p>
<p>En todo caso, <strong>la actividad 933.9 &#8220;Otras actividades de enseñanza&#8221;</strong> engloba la enseñanza de idiomas efectivamente pero está pensado para academias de diversa índole y no tanto para clases particulares por lo que debes definir muy bien los parámetros y más en concreto la superficie de tu casa que destinarás a tal fin ya que los metros cuadrados son una de las magnitudes a considerar.</p>
<p>Asimismo, ten en cuenta que tu actividad está sujeta a declaración y liquidación de pagos fraccionados tanto de <strong>IVA</strong> como de <strong>IRPF</strong>. Debes consultar la <strong>orden EHA/99/2010 </strong>para hacerte una idea de cuánto te costarían los módulos aunque te recomendaríamos que considerases empezar en estimación directa.</p>
<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/daquellamanera/">daquellamanera</a></p>
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		<title>Autónomos e IVA, más dudas</title>
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		<pubDate>Tue, 06 Apr 2010 09:07:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nos plantea Fran una duda respecto a los módulos y el IVA que pasamos a responderle lo mejor posible. Su pregunta es la siguiente: Hola!!! Mi duda es la siguiente: Quiero hacerme autonomo y tengo dudas sobre ir a modulos o no. Mi duda es sobre el IVA. Si no voy a módulos tengo que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/04/aeat.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-5578];player=img;" title="aeat"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/04/aeat.jpeg" alt="" title="aeat" width="104" height="90" class="aligncenter size-full wp-image-5579" /></a></p>
<p>Nos plantea Fran una duda respecto a los <strong>módulos</strong> y el <strong>IVA</strong> que pasamos a responderle lo mejor posible. Su pregunta es la siguiente:</p>
<blockquote><p>Hola!!! Mi duda es la siguiente:<br />
Quiero hacerme autonomo y tengo dudas sobre ir a modulos o no.<br />
Mi duda es sobre el IVA.<br />
Si no voy a módulos tengo que ir a régimen general, es decir llevar la contabilidad del IVA de mis costes y el iva ganado.<br />
Pero si voy a módulos (epigrafe 967.2), como calcularia el IVA?? es decir lo que tendria pagar o lo que me tendria que devolver??</p></blockquote>
<p>En primer lugar confirmarle a Fran que el<strong> epígrafe 967.2</strong> está incluido en el régimen de <strong>módulos</strong> ya que en caso contrario sólo podría estar en <strong>Estimación Directa</strong>. Por lo tanto, puede elegir entre estar en estimación objetiva o renunciar a ella durante tres años. Seguramente lo mejor es empezar en módulos y luego renunciar en función de cómo le vaya el negocio.</p>
<p>Después hay que ver los parámetros contemplados como magnitudes en ese epígrafe que son el <strong>personal empleado </strong>y los<strong> metros cuadrados </strong>del local o lugar en el que desarrolle la actividad. Multiplicando ambas magnitudes por su &#8220;coste&#8221; te dará la cuota inicial de<strong> IVA </strong>de la que deberás restar las cuotas reales soportadas en el ejercicio de la actividad.</p>
<p><strong><em>Por ejemplo, si sólo fueses tú el único trabajador y tuvieses un local de 100 metros cuadrados entonces tendrías unas cuotas iguales a 1&#215;1.238,07 + 100&#215;2,01 = 1.439,07 euros de cuota &#8220;inicial&#8221;. A ésta le restarías las cuotas de IVA efectivamente soportadas, por alquiler, luz, gas, servicios diversos, supongamos para redondear 1.000 euros. Con estas cifras te saldría una cuota a pagar igual a 439,07 euros en términos anuales.</em></strong></p>
<p>En cualquier caso cabe advertirte que la contabilidad de tus operaciones debe llevarse igualmente estés en módulos o no con especial atención al registro de las operaciones que te dan derecho a deducción, es decir, las compras y gastos.</p>
<p>Esperamos haberte ayudado y no dudes en volver a preguntar lo que desees. Gracias por tu comentario.</p>
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		<title>Autónomos y módulos, resolviendo dudas</title>
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		<pubDate>Thu, 11 Mar 2010 10:51:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ante las muchas dudas que últimamente nos están llegando en el post dedicado en su momento a los autónomos, el IVA y los módulos vamos a irlas respondiendo a través de artículos y no en comentarios ya que creemos que queda más claro y no se acumulan un sinfín de ellos. En esta ocasión nos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/03/aeat1.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-5486];player=img;" title="aeat"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/03/aeat1.jpeg" alt="" title="aeat" width="104" height="90" class="aligncenter size-full wp-image-5487" /></a></p>
<p>Ante las muchas <strong>dudas</strong> que últimamente nos están llegando en <a href="http://inversores.es/consejos-para-autonomos-el-iva-y-los-modulos/">el post </a>dedicado en su momento a <strong>los autónomos, el IVA y los módulos </strong>vamos a irlas respondiendo a través de artículos y no en comentarios ya que creemos que queda más claro y no se acumulan un sinfín de ellos.</p>
<p>En esta ocasión nos pregunta Ana:</p>
<blockquote><p>Hola, soy Ana y tengo una duda, etoy pensando en darme de alta como autónoma porque quiero montar una empresa de servicios. Esta empresa de momento no va a tener local al público, ya que los servicios los presta a través de la solicitud del mismo vía telefónica, es decir, los clientes llaman y se les presta el servicio. Mi pregunta és que estaba pensando en darme de alta como autónoma por módulos, pero creo que esto va en función de los metros del local destinado al público, pero en este caso no hay local. ¿Me podriais indicar la cantidad aproximada que devería pagar como autonoma por módulos en una empresa de servicios sin local para atención al público?. Gracias, un saludo.</p></blockquote>
<p>Respuesta:         Ana la primera pregunta que debes hacerte es <strong>si la actividad a la que quieres dedicarte está incluida en las que pueden acogerse a módulos </strong>ya que el listado de negocios que están incluídos en este régimen viene dado por la Administración. Por ejemplo, como &#8220;servicios prestados por teléfono&#8221; no existe un epígrafe concreto por lo que deberías ser más específica en cuanto al servicio a prestar ya que, en principio, podría no haber posibilidad de que estuvieras incluida en módulos.</p>
<p>Como añadido te diré que <strong>no en todos los epígrafes de módulos se usa la superficie de local como magnitud para calcular las cuotas</strong>. Indícanos más en profundidad qué piensas vender y podremos serte de más ayuda.</p>
<p>Si tienes más dudas no dudes en volver a visitarnos.</p>
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		<title>Autónomos, bajada en afiliación</title>
		<link>http://inversores.es/autonomos-bajada-en-afiliacion/</link>
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		<pubDate>Sat, 06 Feb 2010 20:49:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El mes de enero contabilizó una media de unas 15.000 afiliaciones menos al régimen especial de autónomos tanto agrarios como no agrarios. Son sin duda malas noticias pero matizables. Muestran un aspecto de la crisis que está afectando a las pequeñas empresas, micropymes. Pero el ajuste lento, inexorable del número de afiliados tiene sus causas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/02/afiliacion-autonomos-01-2010.jpg" rel="shadowbox[sbpost-5264];player=img;" title="afiliacion-autonomos-01-2010"><img src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2010/02/afiliacion-autonomos-01-2010-300x212.jpg" alt="" title="afiliacion-autonomos-01-2010" width="300" height="212" class="aligncenter size-medium wp-image-5265" /></a></p>
<p><strong>El mes de enero contabilizó una media de unas 15.000 afiliaciones menos al régimen especial de autónomos</strong> tanto agrarios como no agrarios. Son sin duda malas noticias pero matizables. Muestran un aspecto de la crisis que está afectando a las pequeñas empresas, micropymes.</p>
<p>Pero el ajuste lento, inexorable del número de afiliados tiene sus causas y no se remedian con lacitos verdes ridículos ni sumándose a lo que diga la CEOE. Había un exceso tremendo de autónomos, bien por &#8220;paracaidismo&#8221;, bien por ser falsos autónomos.</p>
<p>Asimismo, <strong>muchos autónomos se han sumergido en las procelosas aguas de la economía B</strong>. El coste de seguridad social bien puede ahorrarse y que nadie me venga a rebatir con lo políticamente correcto.</p>
<p>Y, por último, están quienes realmente pasan la dificultad de no conseguir trabajos porque no hay. Son fundamentalmente los ligados a la maldita construcción. </p>
<p>Quizá los autónomos deberían pedir algo más que un 5% de rebaja en los módulos. No sé, lo digo por probar.</p>
<p>Imagen | pymesyautonomos</p>
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		<title>Hacienda inspecciona facturas a empresarios en módulos</title>
		<link>http://inversores.es/hacienda-inspecciona-facturas-a-empresarios-en-modulos/</link>
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		<pubDate>Mon, 09 Jun 2008 09:58:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Hay noticias que desorientan y ésta es una de ellas. Se refiere a que la inspección de Hacienda está investigando las facturas iguales o superiores a 36.000 euros emitidas por empresarios encuadrados en el régimen de estimación objetiva (módulos). Viene el asunto como consecuencia de que la ley del casi extinto IAE impide a ciertas [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2008/06/aeat1.jpeg" title="aeat1.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-2137];player=img;"><img align="left" src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2008/06/aeat1.thumbnail.jpeg" alt="aeat1.jpeg" /></a>Hay noticias que desorientan y ésta es una de ellas. Se refiere a que<a href="http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/es/desarrollo/1132875.html"> la inspección de Hacienda está investigando las facturas iguales o superiores a 36.000 euros emitidas por empresarios encuadrados en el régimen de estimación objetiva</a> (<strong>módulos</strong>). Viene el asunto como consecuencia de que la ley del casi extinto IAE impide a ciertas actividades bajo este régimen fiscal emitir facturas cuyo importe individualizado sea del importe aludido.</p>
<p>Que haya <strong>empresarios</strong> que hayan caído en la tentación o necesidad de facturar por esas cantidades no debe extrañarle a nadie, ni tan siquiera sorprende que en <strong>cualquier ley o reglamento</strong> se cuelen de rondón asuntos o materias separadas del <em>corpus</em> normativo limitado que debería modificar. Lo que causa sorpresa es que surja como noticia lo que debe hacerse de oficio. La hacienda pública tiene suficientes medios como para invetigar estos asuntos casi al instante y sin que prácticamente se sepa.</p>
<p>¿Por qué elevarlo al rango de noticia con titular en primera plana?. Vaya usted a saber.</p>
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		<title>Estimación objetiva: los módulos hacia la reforma</title>
		<link>http://inversores.es/estimacion-objetiva-los-modulos-hacia-la-reforma/</link>
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		<pubDate>Wed, 28 May 2008 11:14:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Carlos R</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Dieciséis años después y tras pequeños maquillajes que han intentado acotar el fraude más que mejorar el sistema, parece aproximarse el momento de la reforma definitiva de lo que se conoce comúnmente como módulos: el sistema de estimación objetiva para determinar los rendimientos de pequeños negocios inscritos en ciertas actividades y bajo ciertas magnitudes. Más [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://inversores.es/wp-content/uploads/2008/05/aeat.jpeg" title="aeat.jpeg" rel="shadowbox[sbpost-2054];player=img;"><img align="left" src="http://inversores.es/wp-content/uploads/2008/05/aeat.thumbnail.jpeg" alt="aeat.jpeg" /></a>Dieciséis años después y tras pequeños maquillajes que han intentado acotar el fraude más que mejorar el sistema, <a href="http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1128446.html">parece aproximarse el momento de la reforma definitiva </a>de lo que se conoce comúnmente como <strong>módulos</strong>: <strong>el sistema de estimación objetiva</strong> para determinar los rendimientos de pequeños negocios inscritos en ciertas actividades y bajo ciertas magnitudes.</p>
<p>Más allá de la idoneidad del momento que se elija para cambiar o suprimir en parte este sistema, sí podemos afirmar que hasta la fecha <strong>esta modalidad fiscal ha sido bastante beneficiosa para los empresarios</strong> no sólo en términos económicos sino también en cuanto a seguridad jurídico-fiscal y simplicidad de gestión. Pero se ha convertido en un cajón de sastre donde <strong>caben desde panaderías hasta pymes de transporte o del amplio sector de la construcción</strong> que rozan las magnitudes excluyentes. Demasiada disparidad.</p>
<p>Desde el punto de vista de <strong>la justicia impositiva</strong> no es muy adecuado un sistema que cierra los ojos ante la realidad de los ingresos y los gastos imputando rendimientos a menudo desajustados cuando quienes reciben percepciones salariales tienen éstas a la vista y transparentes.</p>
<p>Tampoco se justifica que simplemente <strong>la Administración quiera asegurarse una cantidad de ingresos vía impuestos</strong> casi fija cada año puesto que la fiscalidad debe ser lo más flexible posible, al alza o a la baja.</p>
<p>La alternativa proviene de <strong>extender el régimen de estimación directa introduciendo deducciones o aumentando las partidas deducibles</strong> dejando los módulos para casos muy específicos: el quiosco, la panadería o el cosetodo sin trabajadores asalariados o con uno ó dos.</p>
<p>Quizá se piense que otros sectores van a ser perjudicados por esta medida y muy posiblemente sea verdad pero habría que pararse a meditar que la estocada a los autónomos viene de parte de <strong>la nueva figura del autónomo dependiente</strong> y es que muchas empresas ya no quieren contratar con autónomos sino con <strong>sociedades mercantiles</strong>.</p>
<p>En todo caso y para aquellos que el sistema de módulos les ha ido muy bien, que les quiten lo &#8220;bailao&#8221;.</p>
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