Ya me tienen bastante cansado los mails que a diario nos llegan con timos insólitos.
Confieso que este está un tanto más elaborado pero es tan falso como el resto.
Bajo el título de “Notificación de Impuestos” se nos informa que “después de los cálculos del último informe anual de su actividad fiscal, hemos determinado que usted es elegible para recibir un reembolso de impuestos de 176.80 euros”
Continúa diciendo que “Por favor, envíe la solicitud de reembolso de impuestos y nos permiten de 7 días laborables para procesarla”
Obvio que siempre hay algo más: “Para acceder al formulario para su reembolso de impuestos, haga clic aquí”
Y para el final aclara que “Un reembolso se puede retrasar para una variedad de razones, por ejemplo, la presentación de los registros inválidos o aplicándose después del plazo” como para esperar sentados .
Bueno, si alguno recibe ese correo y tiene la maravillosa idea de mandar el formulario ...
Esa es la realidad en España en cuanto a su administración tributaria mismamente. ¿Sabéis que si tenéis una deuda con Hacienda, por ejemplo, sigues siendo presunto culpable de no haberla pagado hasta que el banco no decide enviar la pertinente comunicación? Pues sí, los pagos no se comunican inmediatamente ni en un breve período de tiempo sino que deben esperar a ser remesados por las entidades bancarias y entonces, y sólo entonces, se te quita el sanbenito de encima.
No sólo eso, simplemente es posible que tengas aplazada una deuda que vence el día 20 pues, asombráos, a partir de ese día y hasta que no llegue la dichosa remesa de el banco estás en posición de duda y, por tanto, no podrán certificar que estás al corriente salvo que, papelito en mano junto a fotocopia costeada por tu propio bolsillo, te acerques a la delegación de Hacienda y se ...
Sigo flipando con los titulares que se ponen. En MuyPymes.com titulan que “Hacienda da un pequeño respiro a las empresas” lo que así dicho parece que la impersonal y, a menudo, semilegal administración va a perdonar algún que otro pecadillo que todos llevamos encima. Pero no, a lo que se refiere es a que no se va a obligar a las empresas en general a presentar los Libros Registro a través del modelo 340.
No está mal como ayudita sino fuera porque es la propia Hacienda la que se da un margen vistos los inconvenientes no sólo a la hora de facilitar y diligenciar el modelito de marras sino también por los problemas de gestión que le iba a suponer. Ni más ni menos.
Si a estas alturas pensamos que se dictan las leyes y normas en función de la comodidad de los ciudadanos somos más ilusos que un niño pequeño. ...